martes, 21 de abril de 2026

Com. A 8424 BCRA. Circular SINAP 1-245: Características de los instrumentos de pago que emiten las entidades financieras. Actualización de texto ordenado.

Ref.: Circular
SINAP 1-245:
Características de los instrumentos de pago que
emiten las entidades financieras. Actualización de
texto ordenado.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que, de acuerdo con las modificaciones introducidas en las normas sobre “Aplicación del sistema de seguro de garantía de los depósitos” mediante el punto 1. de la Comunicación “A” 8407, corresponde la actualización del modelo de los certificados de depósito a plazo fijo nominativos –dorso– establecido en las normas sobre “Características de los instrumentos de pago que emiten las entidades financieras”.
Les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponden incorporar en el texto ordenado de la referencia.

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Com. A 8423 BCRA. Circular REMON 1-1149: Efectivo Mínimo. Adecuaciones.

Ref.: Circular
REMON 1-1149:
Efectivo Mínimo. Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que,
en su parte pertinente, dispone:
“1- Establecer, con vigencia a partir del 17/04/26, que la integración mínima diaria en pesos dispuesta por el punto 2.3.1. del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo no podrá ser inferior al 65%
(sesenta y cinco por ciento).
2- Eliminar el plazo máximo previsto en el punto 1.3.17. y el plazo mínimo previsto en el punto
1.3.18. del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo para los títulos públicos nacionales admisibles
para la integración de la exigencia de efectivo mínimo en pesos que sean adquiridos en suscripciones primarias.”

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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO – Resolución General 5837/2026. Impuesto al Valor Agregado. Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias. Norma modificatoria.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorporar en el Anexo II de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias, al contribuyente que se indica a continuación:

30-70805119-1 LOGROS S.A.

ARTÍCULO 2°.- Lo establecido en el artículo anterior entrará en vigencia conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 3° de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO – Resolución General 5836/2026. Impuesto a las Ganancias. Personas humanas y sucesiones indivisas. Determinación anual e ingreso del gravamen. Régimen Simplificado. Resolución General N° 5.692 y su complementaria. Norma modificatoria y complementaria.

RESUELVE:

MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 5.692 Y SU COMPLEMENTARIA

ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 5.692 y su complementaria, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustituir el artículo 1°, por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Las personas humanas y las sucesiones indivisas, a fin de cumplir con las obligaciones de determinación anual e ingreso del impuesto a las ganancias, ya sea que se trate de responsables del régimen general o adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada en los términos de la Resolución General N° 5.820, deberán observar los procedimientos, formas, plazos y condiciones, que se establecen en esta resolución general.”.

2. Sustituir el artículo 2°, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- La determinación a que se refiere el artículo 1°, así como la confección de la respectiva declaración jurada, deberán realizarse a través del servicio denominado “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” disponible en el sitio web institucional (https://www.arca.gob.ar). A dichos efectos, los contribuyentes deberán contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior, obtenida conforme al procedimiento dispuesto por la Resolución General N° 5.048 y sus modificatorias.

Una vez que se hubiere ingresado al mencionado servicio los responsables comprendidos en el régimen general seleccionarán la opción “Declaración Jurada” y confeccionarán el formulario de declaración jurada F. 711.

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jueves, 16 de abril de 2026

Com. A 8421 BCRA. Circular CONAU 1-1720, RUNOR 1-1955: R.I. Contable Mensual “Operaciones de Cambios” (R.I. – O.C.). Adecuaciones.

Ref.: Circular
CONAU 1-1720,
RUNOR 1-1955:
R.I. Contable Mensual “Operaciones de Cambios”
(R.I. – O.C.). Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las adecuaciones vinculadas con el Régimen
Informativo de la referencia, como consecuencia de lo dispuesto mediante la Comunicación “A”
8417.
En ese sentido, se restablece el código de concepto P17 “Registro de refinanciación de
deuda financiera con contraparte vinculada en el marco del punto 8.2. de la Comunicación “A” 8417”
con vigencia a partir del 10/04/2026, y se introducen las adecuaciones correspondientes en el punto
3.32 de las normas de procedimiento a los fines de su registro.
Al respecto, les hacemos llegar en anexo las hojas que corresponden reemplazar en el
texto ordenado de la Sección 23. de “Presentación de Informaciones al Banco Central”.
Las modificaciones realizadas serán de aplicación para las presentaciones que se
realicen a partir del 16/04/2026, de acuerdo con la vigencia antes indicada.
Las rectificativas que se presenten en virtud de la vigencia señalada, podrán realizarse
bajo la modalidad de lote completo o por registro (ROPCAM).

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COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 1129/2026. DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN PREVIA A LA AUTORIZACIÓN DE OFERTA PÚBLICA. CARACTERÍSTICAS.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorporar en el artículo 2° de la Sección II del Capítulo II del Título I de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), el siguiente texto:

“TÉRMINOS DEFINIDOS.

ARTÍCULO 2°.- A los fines de las presentes Normas, los siguientes términos o siglas, si aparecen con mayúscula, tienen los siguientes significados (dichos significados serán igualmente aplicables tanto en la forma singular como plural de los términos definidos):

“(…)

“Documento de Oferta Preliminar” significa cualquier material impreso o digital utilizado para la difusión previa de información relativa a una oferta pública, con independencia de la denominación que se le otorgue.

“Documento de Oferta Definitivo” significa cualquier material impreso o digital utilizado para la difusión definitiva de información relativa a una oferta pública, con independencia de la denominación que se le otorgue.

Descargar Completo Resolución General 1129/2026

martes, 14 de abril de 2026

Com. A 8420 BCRA. Circular RUNOR 1-1954: Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. – E.M. – A.R.). Adecuaciones

Ref.: Circular
RUNOR 1-1954:
Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo
Mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. – E.M. –
A.R.). Adecuaciones
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Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo el nuevo texto ordenado de la Sección 6. de Presentación de Informaciones al Banco Central, teniendo en cuenta la actualización dada a conocer mediante la Comunicación A 8419.
Al respecto, destacamos entre las principales modificaciones, la renumeración de las
instrucciones operativas conforme la siguiente estructura:
6.1. Moneda extranjera/ TP
6.2. Moneda pesos
6.3. Aplicación de la capacidad de préstamos en moneda extranjera
Anexos
Asimismo, se detallan a continuación los cambios introducidos como consecuencia de
la modificación antes citada:
6.1. Moneda extranjera/ TP
• Adecuación de los puntos 6.1.1.1., 6.1.1.3., 6.1.1.4.i), 6.1.2.1.ii), vii) y viii) y de
los controles de validación 012, 102, 105 y 121.
• Eliminación de los puntos 6.1.1.4.v), 6.1.1.7. y de los controles de validación
134,138, 139, 140, 141, 158, 159, 160,173, 175, 178, 179, 183 a 186, 192, 194,
195, 198, 199, 505, 515, 519, 520, 528, 531, 532 y 535 a 537.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 8420

Com. A 8419 BCRA. Circular CONAU 1-1719: Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. – E.M. – A.R.). Adecuaciones.

Ref.: Circular
CONAU 1-1719:
Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo
mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. – E.M. –
A.R.). Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el régimen
informativo de la referencia como consecuencia de la emisión de las Comunicaciones A 8378 (actualización del TO sobre las normas de Efectivo Mínimo) y A 8397.
Al respecto, se realizaron adecuaciones en la Sección 1. Efectivo mínimo.
Por último, se acompañan las hojas que corresponden reemplazar en el texto ordenado del presente régimen informativo.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 8419